Proponen que educación sexual sea obligatoria en educación básica

Coyuntura/Con la finalidad de contribuir a que haya una disminución de embarazos de niñas y adolescentes, la legisladora Sandra Corona Padilla, presentó la iniciativa para adecuar diversos ordenamientos legales, para que la Educación Sexual sea considerada obligatoria en el nivel básico, que conforman la educación prescolar, primaria y secundaria, ajustando la información de acuerdo a la edad de las niñas,  niños y adolescentes.

La  propuesta para adecuar las leyes locales  de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes, de Salud  y de Educación, fue presentada en sesión ordinaria de este día, en donde Corona Padilla, puntualizó que la educación sexual en México se ha convertido en un reto legislativo que carece de mecanismos institucionales para impartir una educación integral en sexualidad y en consecuencia ha generado problemáticas sociales y de salud en los jóvenes mexicanos, principalmente, embarazos no planeados y la posibilidad de contagiarse de alguna infección de transmisión sexual.

La aliancista destacó, que de acuerdo con la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica de 2014 fueron 467 mil mujeres menores de 20 años las que tuvieron una hija o hijo, esto incluye 11 mil niñas de 10 a 14 años de edad que se convirtieron en madres en el año 2013, estos datos, apuntó, confirman un rezago en materia de educación sexual, que aumenta el número de niñas y adolescentes embarazadas.

Por ello manifestó, la importancia de impulsar la educación sexual como una medida para prevenir y disminuir el número de niñas y adolescentes embarazadas en la República Mexicana y especialmente en Tlaxcala; ya que actualmente del total de los nacimientos en el país, 17% corresponden a adolescentes, creando en ellas situaciones que cambian el rumbo de sus vidas, ya que la gran mayoría abandona su formación escolar y comprometen su salud física y psicológica.

Corona Padilla  abundó, que en 2010, datos del INEGI señalaron que en Tlaxcala vivían 358 037 niñas y niños de 0 a 14 años, que representan el 31% de la población, y que de acuerdo con un estudio realizado en 2015 por la Asociación Civil Afluentes, Tlaxcala registraba una tasa del 76% en embarazo de adolescentes; si bien ésta cifra ha disminuido, hasta el mes de diciembre de 2016, se tenían registrados 17 mil 422 casos de embarazos en adolescentes a nivel estado.

En otro orden de ideas, el grupo parlamentario del Partido Socialista por conducto del diputado Agustín Nava Huerta, dio a conocer la propuesta para adecuar diversos preceptos legales de la Institución del Ministerio Público y  Orgánica del Poder Judicial, con el fin de que sea el Consejo de la Judicaturael órgano jurisdiccional competente de expedir las Cartas de Antecedentes No Penales.

Nava Huerta  subrayó, que actualmente el órgano facultado para expedir las Cartas de Antecedentes No Penales, es la Procuraduría a través del Ministerio Público, acción que resulta violatoria de los Derechos Humanos de cualquier persona; pero además, la Institución Pública y el Poder que lo emite, carece de datos reales y objetivos, en razón de que la función primaria de este organismo es la investigación y persecución de los delitos; la de procurar justicia. En el hecho, al realizarse la expedición de cartas de antecedentes no penales, este organismo prejuzga a una persona en base a indicios o datos recabados por las áreas administrativas dependientes de dicha institución.

En esta misma sesión, el diputado Alberto Amaro Corona, dio lectura a la iniciativa para adecuar diversas disposiciones de la Constitución Política Local, para que se elimine la facultad del Gobernador para autorizar la comparecencia de funcionarios públicos ante el Pleno del Congreso del Estado, cuando se glose el informe anual del Gobernador, se analice o se discuta una ley o se trate algún asunto relativo al ramo o materia de su encargo.

De igual manera, indicó que la reforma a este precepto constitucional contempla requerir a través del Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, la comparecencia de los Magistrados, para que aclaren lo concerniente a sus respectivos ramos o actividades, de tal manera que dicho requerimiento de comparecencia constituya también una forma democrática y abierta que involucre la actividad del Poder Judicial.